Nueva normativa en el ámbito económico, financiero, fiscal y laboral para hacer frente a las consecuencias de la DANA
El Gobierno ha publicado el Real Decreto-Ley 6/20024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Esta normativa recoge una serie de medidas en el ámbito económico, financiero, fiscal y laboral para hacer frente a las consecuencias derivadas de la DANA.
Conoce a qué afecta, a quién, cómo y cuándo.
¿A qué afecta?
A la adopción de medidas en el ámbito fiscal para paliar las consecuencias de la DANA en la Comunidad Valenciana.
1) Ampliación de plazos para la presentación de autoliquidaciones y declaraciones.
2) Ampliación del plazo para la presentación de los registros de facturación del SII.
3) Reducciones de rendimientos en IRPF para las actividades agrarias.
4) A las exenciones en el Impuesto de Sociedades y en IRPF de las ayudas fijadas en la normativa.
5) Ayudas concedidas y su afectación al Impuesto de Sociedades.
¿A quién afecta?
A empresas y autónomos cuyo domicilio esté en alguno de la lista de municipios que se adjunta en la normativa y estén afectados por las consecuencias de la DANA.
¿Cómo afecta?
1) Ampliación de plazos de autoliquidaciones y declaraciones
Se amplía el plazo de presentación hasta el 31/01/2025 de aquellas liquidaciones/declaraciones que tuvieran que presentarse durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2024.
Primera liquidación afectada: las correspondientes al mes de septiembre que no se hubieran presentado antes del 28/10/2024.
No aplica esta excepcionalidad al modelo 349 ni al Intrastat.
2) Ampliación del plazo de presentación de los registros de facturación – SII
Los registros de facturación correspondientes al mes de noviembre de 2024 podrán presentarse hasta el 16/12/2024, en lugar de hacerse en el plazo regular de 4 días.
3) Reducciones del índice de rendimiento neto en IRPF
Con afectación a las actividades agrarias y previsto para el ejercicio 2024, se reducen los índices del rendimiento neto.
Faltará modificación de la correspondiente Orden, pendiente de publicación.
4) Exención del Impuesto de Sociedades e IRPF
Las ayudas que se soliciten y sean concedidas como para paliar las consecuencias de la DANA estarán exentas tanto del Impuesto de Sociedades como del IRPF.
Se prevé publicación de normativa específica para ampliar medidas en cuanto al Impuesto de Sociedades.
¿Cuándo afecta?
En vigor el 07/11/2024.
En resumen, se trata de medidas destinadas a empresas y trabajadores autónomos, así como también a ciudadanos, que han sido víctimas de las consecuencias de los daños causados por la DANA en diferentes municipios de la Comunidad Valenciana entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Normativa: Disposición 22928 del BOE núm. 268 de 2024