Novedades legales en diciembre de 2021

Os detallamos las novedades legales más relevantes para vuestros negocios.

 

Objetivos de empleo para el 2021 (PAPE 2021)

​¿A qué afecta?

Contratación.

¿A quién?

Empresas y autónomos empleadores.

¿Cómo?

Concreta los objetivos de 2021 en el conjunto de España y en cada una de las Comunidades Autónomas.

Su puesta en marcha se realiza a través de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, junto a los instrumentos en ejecución en este ejercicio 2021, como el Plan de Choque por el Empleo Joven, el Plan Reincorpora-t y, sobre todo, el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027.

Contiene un conjunto de medidas que no han podido llevarse a cabo a consecuencia de la pandemia:

  • Medidas contenidas en el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021, aprobado por el Gobierno el 7 de diciembre de 2018.
  • En el Plan Reincorpora-T 2019-2021, Plan trienal para prevenir y reducir el paro de larga duración, aprobado el 5 de abril de 2019.

El plan Reincorpora-T, plan trienal para prevenir y reducir el desempleo de larga duración para el período 2019-2021, tiene como objetivo a las personas que han sufrido o sufren el paro durante 12 meses en los últimos 18 meses y aquellas que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo durante 180 días en los 9 meses inmediatamente anteriores, si son personas mayores de 45 años o si están inscritas como trabajadores/as agrarios. Las acciones se producen en dos ámbitos:

  • Promocionar actuaciones específicas para incorporar a las personas al mercado de trabajo.
  • Promocionar la prevención de las actuaciones del SPE, interlocutores sociales y otras entidades sociales, para identificar factores de riesgo y vulnerabilidad ante el empleo en desempleados.

El plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 persigue ofrecer respuestas a jóvenes en el acceso al mercado de trabajo con el objetivo de favorecer la integración socioeconómica y su desarrollo personal y social.

El plan prevé su monitorización continua para asegurar el seguimiento y medición del impacto de todo el sistema, la evaluación, e incorporación de mejoras.

¿Desde cuándo?

2021.

IVA EUROPEO. Bizkaia: Modificación en el modelo 390 (2021)

¿A qué afecta?

A la modificación del modelo 390 con motivo de la trasposición de las Directivas de comercio electrónico.

¿A quién afecta?

  • A los sujetos pasivos que presenten el modelo 390.
  • A aquellos sujetos pasivos que estén acogidos a la ventanilla única.

¿Cómo afecta?

A la modificación del modelo 390 del siguiente modo:

  • Se añaden nuevas casillas para:

o   Las operaciones OSS (ventanilla única):

  • Casilla 207: “Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única
  • Casilla 208 “Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única”.

o   Operaciones intragrupo:

  • Casilla 215: “Operaciones intragrupo valoradas conforme a los dispuesto en los artículos 78 y 79 NFIVA”.
  • Cambios en acumulaciones de operaciones debido al cambio de literales.
  • Cambios en los números de las casillas debido a la incorporación de las nuevas casillas OSS y de intragrupo.
  • Se procede a hacer cambios en las literales de algunas casillas del modelo:
    • Bloque Liquidación-IVA devengado
      • Casilla 40: cambiar literal de “Adquisiciones intracomunitarias” a “Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios”.
    • Bloque Liquidación-IVA soportado
      • Casilla 63: cambiar literal de “IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias” a “IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios”.
    • Bloque Volumen de operaciones
      • Hay cambios de literales e inclusión de casillas nuevas.
  • Se procede a implementar cambios realizados en su momento en Territorio Común y que no fueron realizados:

o   En la casilla 202, al cambiar el literal a “Entregas intracomunitarias de bienes y servicios” deberán acumularse las Prestaciones intracomunitarias de servicios no sujetas”.

¿Cuándo afecta?

  • En vigor el 16/12/2021.
  • Primera declaración afectada, la correspondiente al ejercicio 2021 a presentar durante el mes de enero de 2022.

 

Modelo 347 (2021). Prestaciones de servicios con Irlanda del Norte y formas de presentación para el modelo 347 (2021)

¿A qué afecta?

  • A la declaración en el modelo 347 de prestaciones/adquisiciones de servicios entre España e Irlanda del Norte.
  • A las formas de presentación del modelo 347 (2021) en adelante.

¿A quién afecta?

  • A los sujetos pasivos que presten o adquieran servicios a un cliente o proveedor en Irlanda del Norte.
  • A todos los sujetos pasivos que presenten modelo 347 (2021) y siguientes.

¿Cómo afecta?

Declaración de operaciones de servicios con Irlanda del Norte:

  • Se establece la obligación de declarar las prestaciones o adquisiciones de servicios con Irlanda del Norte en el modelo 347, ya que estas no se incluyen como intracomunitarias en el modelo 349.
  • Se incluye en el registro de declarado, dentro del campo “NIF operador intracomunitario” la identificación de Irlanda del Norte en el modelo 347:
    • Irlanda del Norte
    • XI
    • 5, 9 o 12 caracteres alfanuméricos.

Formas de presentación del modelo 347 (2021) y siguientes:

  • Se suprime la presentación en papel y por soporte legible por ordenador.
  • La presentación del modelo 347 se hará por vía telemática. En el caso de que sean personas físicas, se podrá hacer mediante el sistema Cl@ve (que ya existían ambas).

¿Cuándo afecta?

La normativa entrará en vigor el 03/01/2022.

  • La primera declaración 347 afectada será la correspondiente al ejercicio del 2021 a presentar durante el mes de febrero de 2022.

 

Modelo 303 (2023). Supresión de la Predeclaración

¿A qué afecta?

A las formas de presentación de la autoliquidación de IVA, modelo 303.

¿A quién afecta?

A aquellos sujetos pasivos que, para la presentación del modelo 303 estén utilizando el servicio de impresión desarrollado por la AEAT en su sede electrónica (Predeclaración).

¿Cómo afecta?

Se suprime la opción de Predeclaración como forma de presentación para el modelo 303.

¿Cuándo afecta?

La normativa en la que se recoge este cambio entrará en vigor el 03/01/2022.

  • No obstante, la supresión de la Predeclaración entrará en vigor el 01/01/2023 y la primera autoliquidación afectada será la correspondiente al mes de enero de 2023 y siguientes, a presentar durante el mes de febrero.

 

Normas de cotización a la Seguridad Social para el ejercicio 2021

¿A qué afecta?

A la cotización a la Seguridad Social.

¿A quién afecta?

A las empresas y autónomos empleadores.

¿Cómo afecta?

Bases mínimas de cotización

Nuevas bases y topes mínimos de cotización para el período del ejercicio 2021 afectado por el incremento del SMI fijado para el 2021, en 32,17 euros /día o 965 euros/mes, con efectos a partir del 1/9/2021.

Tarifa de primas

Para los trabajadores por cuenta ajena se mantiene la tarifa de primas establecida en la Ley 42/2006, relativa a la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Coeficientes reductores aplicables a empresas excluidas de alguna contingencia

Desde el 1 de septiembre de 2021, los coeficientes reductores son los siguientes:

  1. En las empresas excluidas de la contingencia de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, se aplicará el coeficiente del 0,055, correspondiendo el 0,046 a la cuota empresarial, y el 0,009 a la cuota del trabajador.
  2. En el supuesto de exclusión de las contingencias de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado del menor riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, respecto a los funcionarios públicos y demás personal, se aplicará el coeficiente del 0,065, correspondiendo el 0,054 a la aportación empresarial y el 0,011 a la aportación del trabajador.

Tipo de cotización por IT derivada de contingencias comunes

Para trabajadores por cuenta ajena

A partir del 1 de septiembre de 2021 se incrementa el tipo de cotización por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes en el supuesto  de trabajadores por cuenta ajena con contratos de trabajo de carácter indefinido, así como de los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, si tienen cumplidos 65 años y 38 años y seis meses de cotización o 67 años y 37 años de cotización, que pasa a ser el 1,55 %, del que el 1,30 por ciento será a cargo de la empresa y se mantiene el 0,25 % a cargo del trabajador.

Para trabajadores autónomos

En el caso de trabajadores autónomos y autónomos del R.E. del Mar, si tienen cumplidos 65 o más años de edad y 38 años y seis meses o 67 y 37 años de cotización, el tipo de cotización por incapacidad es desde el 1 de septiembre de 2021 del 1,56.

Cuando se trate de trabajadores autónomos incluidos en el sistema especial agrario, el tipo de cotización es del 3,30 o el 2,80 %.

¿Desde cuándo?

Desde el 5/12/2021; aplica desde el 1/9/2021.

Enlace al proyecto de orden que reproduce las mismas bases y tipos que la orden.

 

Orden modificación modelos 296 y 180

​​¿A qué afecta?

A la presentación de las liquidaciones de los modelos 180 y 296.

¿A quién afecta?

A las empresas con empleados o que reciban facturas de profesionales (296), así como a los arrendadores (180).

¿Cómo afecta?

  • Modelo 180: Se modifica el campo “NÚMERO IDENTIFICATIVO DE LA DECLARACIÓN ANTERIOR”, que ocupa las posiciones 123 a 135 del registro de tipo 1.
  • Modelo 296:
    • Se modifica el campo “SUBCLAVE”, que ocupa las posiciones 102-103 del registro de tipo 2, registro de perceptor.
    • Se añade un nuevo campo “INGRESOS A CUENTA REPERCUTIDOS”, que ocupa las posiciones 389-401 del registro de tipo 2, registro de perceptor.
    • El campo “BLANCOS”, que ocupa las posiciones 389-432 del registro de tipo 2, registro de perceptor, contenidos en el anexo III pasa a ocupar las posiciones 402-432.

¿Cuándo afecta?

Es aplicable para declaraciones del ejercicio 2021, que se presentan en 2022.

 

Cambio de certificados electrónicos del portal de la Agencia Tributaria y revisión de los protocolos admitidos en la conexión con los servicios

​​¿A qué afecta?

A los certificados electrónicos permitidos que usan los contribuyentes.

¿A quién afecta?

Aquellos usuarios que usan los protocolos TLS1.0 y TLS1.1.

¿Cómo afecta?

La Agencia Tributaria va a proceder a cambiar los certificados electrónicos que se utilizan para ofrecer servicios a los contribuyentes. Su objetivo es reforzar la seguridad de los servicios que se ofrecen a los contribuyentes, es por ello que se va a proceder a inhabilitar el acceso con los protocolos TLS1.0 y TLS1.1.

Los dominios afectados por este cambio son:

  • agenciatributaria.gob.es
  • agenciatributaria.es
  • aeat.es

¿Cuándo afecta?

En vigor el 01/12/2021.

Publicación oficial para el 2022 sobre el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA

​En relación con el IRPF, se van a mantener para 2022 las mismas cuantías, signos, índices e instrucciones. Por lo tanto, se mantiene la reducción del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos.

Para el IVA tenemos también los mismos módulos e instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.

Para ver el detalle de las actividades incluidas se adjunta la orden.